Criterios para la concesión del estatuto de OEA
Criterios para la concesión del estatuto de OEA
- Inexistencia de infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera y de la normativa fiscal
- Demostración, por el solicitante, de un alto nivel de control de sus operaciones y del flujo de mercancías, mediante un sistema de gestión de los registros comerciales y, en su caso, de los registros de transporte, que permita la correcta realización de los controles aduaneros.
- Solvencia financiera,
- Un nivel adecuado de competencia o de cualificaciones profesionales directamente relacionadas con la actividad que ejerza; (solo para el OEA de simplificaciones aduaneras).
- Niveles de seguridad y protección adecuados, los cuales se considerarán satisfechos cuando el solicitante demuestre que mantiene las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y la protección de la cadena de suministro internacional, incluso en los ámbitos de la integridad física y los controles de acceso, los procesos logísticos y el tratamiento de determinados tipos de mercancías, el personal y la identificación de los socios comerciales. (Solo para el OEA de seguridad).